Resolución de acogimiento

La solicitud de acogimiento al Régimen se resuelve por parte de los funcionarios que correspondan según el monto de la propuesta.

Tales montos se actualizan semestralmente por IPC. Las actualizaciones se aplican a partir del 1º de marzo y del 1º de septiembre de cada año, tomando como base la variación julio/diciembre y enero/junio anterior, respectivamente.

Valores vigentes entre marzo y agosto 2026

Monto de la propuesta Funcionario competente para resolver
Hasta $ 657.743.803 El Director de la Dirección de Juicios Universales de la Subdirección General Técnico Legal Impositiva y los Directores de las Direcciones Regionales en las causas que tramiten en las jurisdicciones provinciales de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, según corresponda
Más de $ 657.743.803 y hasta $ 1.315.487.606 Los Subdirectores Generales de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior o Técnico Legal Impositiva, según corresponda
Más de $ 1.315.487.606 El Director de la Dirección General Impositiva

Valores vigentes entre septiembre 2025 y febrero 2026

Monto de la propuesta Funcionario competente para resolver
Hasta $ 575.484.759 El Director de la Dirección de Juicios Universales de la Subdirección General Técnico Legal Impositiva y los Directores de las Direcciones Regionales en las causas que tramiten en las jurisdicciones provinciales de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, según corresponda
Más de $ 575.484.759 y hasta $ 1.150.969.518 Los Subdirectores Generales de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior o Técnico Legal Impositiva, según corresponda
Más de $ 1.150.969.518 El Director de la Dirección General Impositiva

Valores vigentes hasta agosto 2025

Monto de la propuesta Funcionario competente para resolver
Hasta $ 500.000.000 El Director de la Dirección de Juicios Universales de la Subdirección General Técnico Legal Impositiva y los Directores de las Direcciones Regionales en las causas que tramiten en las jurisdicciones provinciales de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, según corresponda
Más de $ 500.000.000 y hasta $ 1.000.000.000 Los Subdirectores Generales de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior o Técnico Legal Impositiva, según corresponda
Más de $ 1.000.000.000 El Director de la Dirección General Impositiva